jueves, 17 de febrero de 2011

MAYOR DOTACIÓN POLICIAL

RECIENTEMENTE se ha publicado la ley que incrementa la dotación de carabineros en 10.000 funcionarios. Si bien la inseguridad no se soluciona solamente con aumentos de la dotación policial, ésta constituye un elemento relevante en la lucha contra el delito.

En razón de ello es que los incrementos de dotación policial se vienen implementando de manera ininterrumpida desde el año 2002. Durante el gobierno del Presidente Lagos fueron 2.970 nuevas plazas y la creación de incentivos a la permanencia, más allá de los 30 años de servicio. Luego, durante el gobierno de la Presidenta Bachelet, fueron 6.000 las nuevas plazas de carabineros y se incrementaron en 1.066 los oficiales policiales profesionales en la PDI. Por ello es que esta nueva ley apunta en el sentido correcto, dando continuidad a una medida de Estado necesaria para nuestro país y que durante los últimos siete años aportó a disminuir la victimización en 9.4 puntos porcentuales.

No obstante, creo necesario advertir que el aumento real de dotación será de 7.774 Carabineros, los que serán formados entre 2011 y 2015 a razón de 1.500 nuevas plazas al año, ya que el resto provendrá de recontratación de carabineros en retiro (537) y reasignación de aquellos que actualmente cumplen funciones administrativas (1.689).

Por otra parte, es un deber señalar que para la conservación de los altos niveles de confianza ciudadana en la institución, resulta indispensable que el sistema de selección del nuevo personal no disminuya sus exigencias. Con ello se evita el ingreso de personas que desprestigian a Carabineros de Chile y ponen en riesgo la seguridad de los ciudadanos.

Un aspecto que determinará la suerte de esta medida lo constituyen los criterios de distribución de los nuevos uniformados y de aquellos liberados de funciones administrativas. La gran mayoría debiera destinarse a funciones preventivas operativas en comunas o lugares donde el déficit sea evidente, en atención a criterios objetivos de victimización, violencia, denuncias y vulnerabilidad social. Respecto de los Carabineros en retiro que serán recontratados, sugiero que sean destinados al cumplimiento de ciertas órdenes judiciales, como notificaciones y citaciones. Respecto de los funcionarios liberados, sería de gran impacto que se reforzara la vigilancia preventiva en plazas y parques en horarios de mayor uso familiar y en las inmediaciones de establecimientos educacionales, en las horas de entrada y salida de los niños, en aquellas zonas de mayor vulnerabilidad a la presencia de traficantes de drogas.

Finalmente, quiero señalar que tal como contribuí a la aprobación de este proyecto de ley, hago presente que junto a estos incrementos de dotación sería muy importante que el gobierno enviara al Congreso Nacional el proyecto que modifica el sistema de salud de Dipreca para incrementar los niveles de cobertura y calidad de atención de salud de los miles de carabineros, detectives, gendarmes y sus familias, que a diario se ven expuestos al riesgo de sufrir lesiones o la muerte. La seguridad social de esas personas es un elemento esencial para la tranquilidad de un buen servicio hacia la comunidad.

martes, 15 de febrero de 2011

MINISTERIO DE INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Luego de varios ensayos y debates nacionales, y de observar la variada experiencia comparada, Chile ha modificado su institucionalidad pública destinada a enfrentar el mayor de los anhelos de la ciudadanía: la seguridad pública.

La recientemente promulgada ley 20.502 tiene una larga historia de acuerdos, desencuentros, indicaciones y discusiones parlamentarias.

Fue uno de los proyectos enviados dentro de los 100 primeros días del gobierno de la Presidenta Bachelet. Luego de un amplio debate legislativo se optó por no crear un nuevo ministerio sino una subsecretaría (dentro del Ministerio del Interior) para tener en una mano, la seguridad interior y el control del orden público y reinstalar la tradición republicana interrumpida por el gobierno militar, según la cual, el Ministerio del interior, colaborador inmediato de la máxima autoridad nacional asume las funciones de control territorial y seguridad de la nación.

En efecto, un breve recorrido por nuestra historia institucional permite observar que Interior es el ministerio de mayor antigüedad de nuestro país, creado el 26 de Octubre de 1812 con la dictación del “reglamento constitucional”, siendo su primera autoridad, don Agustín Vial Santelices.

Luego de varias modificaciones, fue la Constitución de 1822 la que creó tres ministerios: de Gobierno, Hacienda y Guerra. Siendo el primero de ellos el continuador de la secretaría de Interior. La historia republicana ubica siempre como actor privilegiado al Ministerio del Interior. Para bien o para mal. Siendo parte de soluciones o foco de conflictos políticos o sociales.

Pero su nombre sólo se consolidó en 1871 bajo la administración del Presidente Balmaceda. Por él pasaron destacados políticos de nuestra historia. Mariano Egaña, Manuel Rodriguez, Manuel de Salas, Diego Portales, Manuel Montt, Antonio Varas, Bernardo Leighton, Carlos Prats, Orlando Letelier, entre otros.

Quizás un tema que llame la atención es que la ley que regía al Ministerio del Interior hasta el 10 de Febrero de este año, fue promulgada por el Presidente Carlos Ibañez del Campo en 1927. 83 años de vigencia justificaban con creces su modificación.

Por ello es que durante los últimos años existieron diversos estudios destinados a modificar su estructura, plantas funcionarias y funciones a fin de adecuarlas a la nueva realidad y necesidades del servicio público. Venga mi reconocimiento a los ex subsecretarios del Interior, Velasco, Pickering, Burgos, Correa y Rosende por sus esfuerzos modernizadores de tan noble institución.

La ley 20.502 parte cambiándole el nombre al Ministerio del Interior para dar pleno cumplimiento a la norma transitoria de la Constitución Política de la República. Así, a partir del 10 de Febrero del 2011, el nombre oficial es “Ministerio del Interior y Seguridad Pública”. Cuenta con 3 subsecretarías: de Interior, de desarrollo Regional y Administrativo, y de Prevención.

Ciertamente la mayor relevancia para Chile está dada por su trascendencia en la institucionalidad democrática de nuestro país. Con esta norma legal, la relación del gobierno con sus policías vuelve a los cauces institucionales democráticos, poniendo fin a la doctrina del “enemigo interno” utilizada por el régimen militar como justificación para el cambio de dependencia de las policías al Ministerio de Defensa. Se consolida entonces al Ministerio del Interior como la institución responsable de la seguridad interna y coordinadora de las policías en el que hacer preventivo en el país.

Este logro de normalidad democrática tiene su historia: Durante el gobierno del Presidente Ricardo Lagos se logró modificar la Constitución Política, consagrando en ella el cambio de dependencia de las policías hacia el ministerio encargado de la seguridad pública. Pero una disposición transitoria (que hizo posible el acuerdo del cambio de dependencia) estableció que este cambio sólo se verificaría una vez que se creara el “Ministerio encargado de la seguridad pública”. Es decir, para que la reforma constitucional tuviere efectos prácticos requería de una ley especial, que es la que hoy celebramos.

En cuanto a las modificaciones que introduce esta ley, la creación de una Subsecretaría de Prevención es un triunfo de aquellos que hemos sostenido permanentemente que el éxito de las políticas de seguridad requiere de avances en la política social y, en particular, en los mecanismos de prevención social, a fin de evitar que nuevos actores ingresen en la carrera delictual o del consumo abusivo de drogas.

La institucionalización del Conace como servicio público (hasta ayer sólo un programa presupuestario), descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, le permitirán redoblar sus esfuerzos en planes y programas preventivos y formación de capacidades preventivas en materia de consumo de drogas y alcohol.

La nueva ley consigna que el Ministro del Interior será el coordinador de la política de seguridad interior y, en tal calidad podrá coordinar los diversos planes y programas que las diversas reparticiones públicas pretendan implementar y que tengan incidencia en materias de seguridad.

En materia territorial destaca la institucionalización legal de los consejos regionales de seguridad pública, liderados por los intendentes e integrados por los alcaldes, donde los diversos actores locales podrán evaluar medidas, implementar, reforzar o suprimir planes o programas en relación con sus resultados. Esta instancia resulta fundamental para coordinar los planes preventivos, de control persecución, rehabilitación y apoyo a víctimas.

No obstante las bondades de la nueva ley 20.502, ahora está en manos de las autoridades implementarla y lograr lo que la ciudadanía está esperando. Una reducción de los niveles de victimización en el país. Recordemos que entre el año 2003 y el año 2009, la victimización se redujo 9,4 puntos porcentuales, quedando como inicio del actual gobierno el 33,6 de los hogares victimizados.

Ahora, con las nuevas herramientas que se le han otorgado a las actuales autoridades, esperamos que se siga con la tendencia descendente en materia de victimización en nuestro país y que logren la meta comprometida en orden a reducir al menos en 4 puntos porcentuales la victimización durante éste período presidencial. Estamos por ver si las nuevas herramientas son bien usadas por quienes fueron llamados a ello.