Durante los últimos días hemos observado el resurgimiento del debate relativo a la necesidad de contar con un sistema de inscripción automática y voto voluntario como mecanismo necesario para incrementar la legitimidad de los procesos electorales.
Algunos datos ilustran la urgencia de la modificación. En Chile existen aproximadamente 16 millones de habitantes, de ellos, una cifra cercana a los 12 millones de personas son mayores de 18 años y, por tanto en condiciones etáreas de votar. De ésta cantidad, cerca de 8 millones de personas están habilitadas para sufragar en función de encontrarse inscritos en los registros electorales. Del total de inscritos en dichos registros, en la primera vuelta presidencial sufragaron poco más de 6 millones de ciudadanos. De los votos válidamente emitidos, los 2 candidatos que pasaron al Ballotage obtuvieron entre ambos una cifra no superior a los 5 millones quinientos mil votos divididos entre ambos con mayoría relativa del candidato aliancista. Es decir, el próximo Presidente de la República será electo por una cifra medianamente superior a 3 millones de votos lo que implica que la máxima autoridad nacional gozará del apoyo explícito cercano al 25% de los potenciales electores, y al 20% del total de la población, lo que sin duda afectará su legitimidad y la del sistema político en su conjunto.
Más allá de las causas y consecuencias políticas de dichos resultados, que serán materia de otro análisis, es dable observar la urgencia de modificar nuestro actual sistema habilitante para sufragar.
De conformidad al artículo 13 de nuestra Constitución Política de la República, el sufragio constituye un derecho, propio de los ciudadanos o de extranjeros avecindados en Chile que reúnan ciertos requisitos establecidos en las normas constitucionales y en una ley de rango orgánica constitucional. De conformidad a la norma en comento, para ejercer el derecho a sufragio debe cumplirse con una formalidad, la inscripción en el registro electoral.
El proyecto enviado por el ejecutivo al Congreso Nacional, establece que por el sólo hecho de cumplir 18 años y, no teniendo inhabilidades establecidas en la ley, se podrá sufragar sin necesidad de inscripción alguna. Es decir regirá en nuestro país un sistema de inscripción automática y correspondería sufragar en la mesa receptora de sufragios correspondiente al domicilio del ciudadano.
Respecto de este punto es necesario hacer presente que será necesaria la recta y minuciosa regulación de la materialización de esta reforma en cuanto a locales de votación, redistribución de mesas, supresión de locales de votación y otros elementos prácticos. A mi juicio correspondería aprovechar la discusión legislativa para terminar con la diferencia de locales en razón de género. En mi opinión, a estas alturas del desarrollo de la sociedad y, considerando la evolución en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, no aparece justificable la existencia de locales diferenciados para hombres y mujeres.
Todo lo anterior a fin de evitar que en el primer proceso electoral donde se apliquen las modificaciones se produzcan trastornos que puedan complicar el desarrollo del proceso electoral.
Respecto de la voluntariedad del voto es menester hacer presente que últimamente han surgido voces que plantean que la ésta sería cuestionable en cuanto podría implicar una disminución drástica de la participación electoral y, con ello, aumentar la falta de legitimidad de los procesos electorales atentando incluso contra la estabilidad política.
Sostener lo anterior, implica en primer orden, reconocer la incapacidad de quienes participamos de la actividad política para motivar que los ciudadanos puedan concurrir a manifestar su decisión a través del sufragio universal. Creo firmemente en la voluntariedad del voto, justamente para poner el peso de la responsabilidad en la clase política y motivarla a ser lo suficientemente audaz para incentivar a los ciudadanos a tomar posiciones a través del sufragio universal con propuestas atractivas para el desarrollo de Chile en su más amplia dimensión.
¿Por qué debiéramos sancionar a quien legítimamente considere que ninguna de las alternativas planteadas satisfaga sus aspiraciones?
Resulta política y socialmente inaceptable que como sociedad decidamos institucionalizar un sistema donde una de las alternativas que posee el ciudadano (no concurrir a sufragar) sea objeto de sanción a través de una multa.
La Constitución política consagra el sufragio como un derecho y no como un deber. A diferencia de las “cargas constitucionales” -como los impuestos y otras- el sufragio constituye un derecho y, como tal su ejercicio es libre de parte de quienes se encuentren habilitados para ello. Por tanto, la decisión de no ejercer dicho derecho no puede ser sancionada, toda vez que implica una decisión racional, libre y espontánea del ciudadano elector, por una alternativa vigente, no ejercer su derecho.
¿Resulta lógico que parte de la clase política se solace hablando de la “gran participación electoral” con el actual sistema de voto obligatorio?
No parece correcto congratularse por los altos índices de participación, de entre los que se encuentran inscritos en los registros electorales, ya que su no concurrencia es sancionada por el ordenamiento jurídico. Es decir, en la práctica existe un subsidio jurídico a la participación a través de un incentivo negativo a la no concurrencia, una sanción de multa.
En consecuencia, resulta de toda lógica suponer que existe un conjunto de ciudadanos inscritos en los registros electorales, a los cuales las alternativas propuestas por la clase política puede no satisfacerles, pero poseen la conciencia de que a pesar de ello no pueden abstraerse del proceso electoral por el riesgo a que se les imponga una onerosa sanción.
Por tanto, no es exagerado suponer que un copnjunto considerable de ciudadanos electores sólo concurre a votar por temor a la sanción; es decir, por la coacción que el estado puede ejercer en su contra por no participar del proceso electoral.
No es posible que la ciudadanía sea convocada de manera automática a manifestar su voluntad popular a fin de facilitar su participación; pero, a su vez, optemos por un sistema donde se les coacciona por el hecho de no ejercer sus derechos. El Chile del postbicentenario está lo suficientemente preparado y maduro como para permitir que cada ciudadano sienta y ejerza libremente los derechos reconocidos por nuestra carta fundamental sin necesidad de amenazar su no ejercicio.
Personalmente creo que el voto voluntario contribuirá de manera decisiva a que la clase política asuma la responsabilidad de realizar propuestas innovadoras, serias y responsables so pena de decaer la participación ciudadana en los procesos electorales.
Prefiero que los ciudadanos concurran a votar por convicción y no por temor a la sanción, lo que claramente marca una diferencia en el sentido del sufragio. Por esto y por mucho más…
INSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA Y VOTO VOLUNTARIO AHORA!!!